Código de Ética de Revista Inhaus
INTRODUCCIÓN
El presente Código de Ética de REVISTA INHAUS, seha elaborado de acuerdo a su objetivo comunicacional y la legislación vigente,que regula el trabajo individual y colectivo de los trabajadores de esta REVISTA.
OBJETIVO
El presente Código de Ética tiene como objetivo principalel regularizar las actividades de quienes formamos parte de REVISTA INHAUS,de tal manera que se modulen tanto las actividades de edición, producción ypublicación de esta revista, como la conducta de quienes participamos de suelaboración. La finalidad es que REVISTA INHAUS, como medio decomunicación, logre cumplir con su visión, misma que es posicionarse como elmedio de comunicación líder en vanguardia, cultura y expresiones artísticas.Siendo un portal para conocer el mundo y conocernos a nosotros mismos, consujeción a los principios éticos propios de las profesiones relacionadas a lacomunicación social, el marketing, el periodismo y similares, así como a lasnormas legales vigentes.
CAPITULO I
CONSIDERACIONES GENERALES
Base Legal
1) Este Códigorecoge principios universalmente reconocidos para el ejercicio ético delperiodismo y garantizará el derecho a la información y a la comunicación. Estees un derecho universal, reconocido en el artículo 19 de la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos, y el artículo 13 de la Convención Americanade Derechos Humanos.
2) La Constituciónde la República también consagra los derechos a una comunicación libre,intercultural, incluyente, diversa y participativa, así como el derecho a crearmedios de comunicación social; la pluralidad y la diversidad en lacomunicación; el intercambio de información veraz, verificada y oportuna. Todoesto se encuentra consagrado en los artículos 16, 17, 18, 19 y 20 de la Constitución.De igual manera, el artículo 384 de la Carta Magna establece que el sistema decomunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación,la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participaciónciudadana.
3) La LeyOrgánica de Comunicación establece que los principios del régimen de lacomunicación en nuestro país, se basa en los principios de acción afirmativa(art.11); democratización de la comunicación e información (art.12); laparticipación (art.13); la interculturalidad y la plurinacionalidad (art.14);el interés superior de los niños, niñas y adolescentes (art.15 – que tienetambién su fundamento en el artículo 11 del Código de la Niñez y Adolescencia)y la transparencia (art.16). Según el artículo 91.4 de la LOC, como medio de comunicación nos vemosobligados a expedir nuestro código de ética, de tal manera que podamos mejorarnuestras prácticas de gestión interna y trabajo comunicacional. Su reglamento,en su artículo 9 también determina dicha responsabilidad.
De tal manera que, este código se nutre de todas lasdisposiciones normativas previamente citadas y, en general, de todas aquellasque regulan el ejercicio del derecho de comunicación y libertad de expresiónconsagradas en la Ley Orgánica de Comunicación y en otras normas delordenamiento jurídico ecuatoriano vigente.
CAPITULO II
COMPROMISOS PERSONALES
Artículo 1.- Compromisos Personales de quienesparticipamos de REIVSTA INHAUS: Todosquienes participamos de REVISTA INHAUS, tenemos el fiel compromiso de:
1.1. Respetarlos derechos a la intimidad, honra, buen nombre, dignidad y el derecho deprivacidad de todas las personas, naturales o jurídicas. De tal manera que elcontenido de la revista de ninguna manera será lesivo a cualquiera de estosderechos. La difusión de información a través de nuestra revista será denuestra entera responsabilidad.
1.2. Respetar elsecreto profesional y la confidencialidad de la información. De tal manera quela confidencialidad de la información que nos haya sido entregada con esecarácter, será protegida de cualquier uso, distribución o revelación. El manejode esta información será con el mismo nivel de cuidado respecto a la protecciónde la Información Confidencial que le sea entregada que la que usamos paraproteger nuestra propia Información Confidencial. La reserva de fuente y elsecreto profesional serán derechos que se respetarán fielmente.
1.3. La información que sea utilizada para la elaboración de nuestra revista, deberáser utilizada de manera que no se omita o tergiverse parte de ella endetrimento de terceros.
1.4. Respetar laautoría del material periodístico que haya sido producido por terceraspersonas. El material será debidamente citado y se otorgarán los respectivoscréditos, con aplicación de las reglas para el reconocimiento de derechos deautor y las normas de citación aplicables en cuanto deban ser usados pornuestra revista, considerando el tipo de trabajo y la forma de difusión deinformación que dentro de ella se produce. Así mismo respetaremos cualquiertipo de información, producto audiovisual y en general contenido protegido porel Código de Ingenios.
1.5. Evitar elcometimiento de cualquier tipo de delito, en el intento del ejercicio denuestra profesión. De tal manera que declaramos entender que la figura deficción de conocimiento popular de la ley, nos obliga a conocer el contenidodel Código Orgánico Integral Penal, y de manera específica los delitos quetienen como bien jurídico protegido a la honra, buen nombre, imagen eintimidad, y nos comprometemos a no cometerlos bajo ningún concepto. Así mismo,la producción y obtención del material audiovisual, fotográfico y periodísticoque será parte de nuestra revista, serán obtenidos de forma lícita.
1.6. Eliminarcualquier tipo de contenido que implique el detrimento de todos los derechos deniños, niñas o adolescentes; de manera especial de aquellos que se encuentrenen conflicto con la ley o sean víctimas de cualquier delito.
1.7. Utilizar conla diligencia debida cualquier tipo de material periodístico de tal manera que,previa su utilización, corroboraremos la autenticidad y veracidad de lainformación que contienen, y si se trata de material audiovisual, que contamoscon las respectivas autorizaciones para su uso y divulgación.
1.8. Fomentar elcompañerismo y el trabajo en equipo, siendo esto la base de una buenaconvivencia.
1.9. Impedir todaclase de censura; salvos aquellos casos en los que la censura se aplique en laprotección de cualquier derecho que prevalezca sobre el material que por ordenlegítima de autoridad competente deba censurarse.
1.10. Evitardifundir material que contenga conductas u opiniones que a su vez, atentencontra la naturaleza;
1.11. El trabajode esta revista será libre, y no estará sujeta presiones externas, de personaspúblicas o privadas, más aún de política.
1.12. No realizarni difundir contenido que discrimine a determinada persona o sector de lapoblación; de manera especial, queda prohibido el uso y difusión de contenidoque atente contra grupos de atención prioritaria – esto es, niños, niñas,adolescentes, adultos mayores, personas embarazadas, personas en situación demovilidad, personas con enfermedades degenerativas o catastróficas, que poseancualquier categoría sospechosa, al amparo de lo previsto en el artículo 11 numeral 2 de la Constitución de la República.
1.13. Distinguircon claridad las noticias de las opiniones;
1.14. Distinguirel material informativo, el material editorial y el material comercial opublicitario;
1.15. Aplicar losprincipios de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación enla difusión de información de relevancia pública o interés general;
1.16. Respetar lalibertad de expresión,
1.17. Rectificarde la manera más pronta posible una vez que hayamos tenido conocimiento, lainformación que no sea verás o no sea auténtica;
1.18. Respetar elderecho a la presunción de inocencia; de tal manera que no se incluirá dentrode nuestro contenido, cualquier material tendiente a determinar laresponsabilidad de un particular sobre el cometimiento de una determinadaconducta.
1.19. Abstenersede difundir publicaciones y/ o reportajes como si fuese material informativo;
1.20. El títulode comunicador social, licenciado en marketing, diseñador gráfico o afinespropios de nuestra labor, no podrá ser utilizado para obtener beneficiospersonales;
1.21. Abstenersede realizar prácticas tendientes a desprestigiar, deshonrar o desacreditar auna persona, natural o jurídica. Es decir, evitar el linchamiento mediático.
CAPÍTULO III
OBLIGACIONES GENERALES EXIGIDAS EN EL REGLAMENTO A LA LEYORGÁNICA DE COMUNICACIÓN
Artículo 2.- Parámetros mínimos de cumplimiento. – De conformidad a lo previsto en el artículo 10 delReglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, este Código de Ética buscagarantizar el respeto de los derechos de las personas a expresarse libremente ya recibir información veraz. De manera especial, REVISTA INHAUS asume lossiguientes compromisos: Transmitir información precisa y veraz, con criteriosclaros para la investigación, verificación y presentación de los hechos;Mantener la reserva y confidencialidad de las fuentes; Fomentar laresponsabilidad social, de valores democráticos y de derechos humanos; respetary promover el derecho de réplica y rectificación de información inexacta operjudicial para la reputación del reclamante; Establecer normas para laprotección de niños, niñas y adolescentes y grupos vulnerables que garanticen el respeto de sus derechos yeviten cualquier forma de discriminación.[1]
CAPÍTULO IV
DEFINICION DE LINEA EDITORIAL, VALORES Y PRINCIPIOS QUEREGULAN A REVISTA INHAUS
Artículo 3.- Definiciónde la línea editorial del medio de comunicación: la línea editorial estáenfocada en la arquitectura, el diseño de interiores, gastronomía, la salud engeneral, los viajes, y el turismo.
Artículo 4.- Valores:
4.1. Veracidad yprecisión: es el compromiso con laverdad y la precisión en la información presentada, evitando la difusión denoticias falsas o engañosas.
4.2. Imparcialidady objetividad: Presentar lainformación de manera equilibrada y sin sesgos, ofreciendo diferentes puntos devista y no favoreciendo a ninguna parte interesada.
4.3. Independencia:Mantenerse libre de influenciasexternas, ya sean políticas, comerciales o de cualquier otro tipo, que puedanafectar la integridad de la información.
4.4. Transparencia:Ser claros y abiertos sobre las fuentesde información y los procesos de producción de las noticias, así como admitir ycorregir los errores cuando se cometen.
4.5. Responsabilidad:Asumir la responsabilidad por elcontenido publicado y su impacto en la sociedad, promoviendo un periodismo quecontribuya al bien común.
Artículo 5.- Principios:
5.1. Éticaprofesional: Seguir un código de éticaperiodística que guíe las prácticas y decisiones diarias, asegurando el respetopor los derechos humanos y la dignidad de las personas.
5.2. Pluralismo:Fomentar la diversidad de opiniones yvoces, asegurando que se escuchen diferentes perspectivas y se represente atodas las comunidades.
5.3. Respeto ala privacidad: Proteger la privacidadde las personas y evitar la intrusión injustificada en su vida personal, amenos que exista un interés público claro y legítimo.
5.4. Innovacióny adaptabilidad: Estar abiertos a nuevastecnologías y métodos para mejorar la calidad de la información y la manera enque se entrega al público.
5.5. Compromisocon la comunidad: Entender y reflejar laspreocupaciones y necesidades de la audiencia, contribuyendo al debate público yfortaleciendo la democracia.
CAPÍTULO VI
DE LA PUBLICACIÓN DE LA REVISTA
Artículo 6.- Fines de la publicación: La publicación de la revista está destinada a cumplirfunciones culturales y de entretenimiento. Busca Poneren el reflector a personas e iniciativas que mejoran el mundo a través delarte, el crecimiento personal, la vanguardia y las experiencias.
Artículo 8.- Objetivo de lapublicación: Poneren el reflector a personas e iniciativas que mejoran el mundo a través delarte, el crecimiento personal, la vanguardia y las experiencias.
Artículo 7.- Propuesta comunicacional: El contenido de la revista responde a la propuestacomunicacional cultural. Busca la profundidaden los artículos y tono cercano, artístico e inspiracional.
Artículo 8.- Eje temático: Nuestra propuesta se sustenta en el tratamiento temáticocultural, de carácter local, regional, nacional, latinoamericano einternacional.
Artículo 9.- Contenido: Reportajes, entrevistas, fotografíasy videos en medios digitales.
CAPÍTULO VII
RECTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN
Artículo 10.- Rectificación de difusión de informacióninexacta, engañosa o distorsionada: REVISTAINHAUS corregirá de inmediato, o en su caso eliminará, una vez que haya sidopuesto a su conocimiento, cualquier hecho relacionado a la difusión deinformación engañosa, inexacta o distorsionada informativa; en un espaciosimilar al que la generó de manera específica para este fin, así como permitirel derecho de réplica de las personas o instituciones afectadas. Además, cuandocorresponda, expresará una disculpa de manera pública, cuando medie una ordenlegítima de autoridad competente para el efecto.
CAPITULO VIII
CONSIDERACIONES FINALES
Nuestro equipo creará los mecanismos para el seguimientoy evaluación de los compromisos asumidos, de manera que tanto nosotros, comoquienes colaboran con nuestra revista, se sometan de manera fiel e íntegra alpresente código de ética.
Dado en la ciudad de Cuenca, a los 17 días del mes dejulio del año 2024.
[1] Nota: El contenido de este artículo fuetomando a su vez, del artículo 10 del Reglamento a la Ley Orgánica deComunicación, publicado en el Registro Oficial No.383, 28 de agosto 2023.
El presente código fue socializado con todo el equipo de Inhaus Media el 17 de julio de 2024.